Inicia la veda electoral 2024, ¿qué prohíbe?

Alondra Pedraza 28 May 2024 5:30 am
Inicia la veda electoral 2024, ¿qué prohíbe? Foto: Especial

Las Elecciones 2024 están a solo un par de días y se acerca el periodo de veda electoral, a continuación te decimos cuándo inicia.

Las Elecciones 2024 están a solo unos días de distancia, y previo al periodo democrático entrará en vigor un periodo de reflexión al voto, el cuál es conocido como veda electoral.

A continuación te explicamos los detalles de la veda electoral, qué es y qué se prohíbe.

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¿Qué es la veda electoral?

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La veda electoral es un conjunto de medidas que se aplican por un periodo de tiempo determinado previo a la celebración de Elecciones en México.

Este periodo de tiempo busca generar condiciones adecuadas libres de propaganda política, para que la ciudadanía pueda reflexionar su voto.

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¿Cuándo inicia la veda electoral en México?

Antes que todo, debes saber que en México hay dos tipos de vedas electorales.

La primera veda electoral inició el pasado 1 de marzo, con el inicio de las Campañas Electorales rumbo a las Elecciones 2024 y tiene una duración de 90 días. En este periodo, se le ordena a los funcionarios y servidores públicos a mantener una posición imparcial durante este tiempo y se prohíbe:

  • Hablar o promover los logros del Gobierno.
  • La inauguración de obras.
  • Pedir votos en favor a un candidato o proyecto político.
  • Hablar en contra de los candidatos.
  • Entregas de apoyos y / o programas sociales.

La segunda veda electoral iniciará tres días antes de las Elecciones del 2 de junio de 2024, es decir, desde las 00:00 horas del jueves 30 de mayo de 2024 y terminará hasta las 18:00 horas del domingo de los comicios electorales, cuando se cierren oficialmente las casillas.

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¿Qué actividades están prohibidas durante la veda electoral?

De acuerdo con el Artículo 251 de la Ley de Instituciones y Procedimientos Electorales, durante la veda electoral queda prohibido publicar o difundir por cualquier medio los resultados de encuestas o sondeos de opinión que tengan por objeto dar a conocer las preferencias electorales de los ciudadanos.

El Instituto Nacional Electoral (INE) apunta que entre las actividades prohibidas están:

  • Actos de campaña y proselitismo electoral
  • Todo tipo de propaganda electoral
  • Propaganda gubernamental (excepto campañas de servicios educativos de salud o protección civil)
  • Difusión y publicación de resultados de encuestas o sondeos de opinión sobre preferencias electorales.

En caso de infringir esta ley, podrían recibir sanciones económicas y amonestaciones.

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