Estos son los gastos personales que se pueden deducir ante el SAT y tener saldo a favor
Deduciendo estos gastos puedes reducir considerablemente tu pago de impuestos e incluso finalizar el ejercicio con saldo a favor.
Se acerca la fecha en la que miles de personas físicas deben realizar su declaración anual ante el SAT, por lo que muchos contribuyentes comienzan a prepararse para este ejercicio fiscal obligatorio. Sin embargo, la ventana de declaración anual también representa una oportunidad única para recibir beneficios por parte del SAT, esto gracias a los gastos personales que se pueden deducir.
Estas deducciones permite utilizar a favor ciertos tipos de gastos para restar los ingresos obtenidos durante el ejercicio fiscal al calcular el Impuesto Sobre la Renta (ISR), permitiendo reducir la base gravable e incluso alcanzar un saldo a favor.
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Por ello, es muy importante conocer cuáles son los gastos personales que se pueden deducir ante el SAT y las diversas restricciones que tienen para poder utilizarlos a nuestro favor.
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Gastos personales que se pueden deducir
1. Gastos en salud
Para deducir este tipo de gastos es necesario que hayan sido efectuados para el contribuyente, su cónyuge o concubino(a), sus padres, abuelos o hijos. Además, es necesario realizar los pagos mediante cheque nominativo, transferencias electrónicas o tarjetas de crédito o débito.
Algunos de los gastos de salud deducibles son:
- Honorarios médicos y dentales.
- Análisis clínicos y estudios de laboratorios.
- Compra o alquiler de aparatos para rehabilitación.
- Medicamentos.
- Primas de seguros de gastos médicos.
2. Gastos en educación
Estos gastos son deducibles siempre que correspondan a instituciones con validez oficial, aplicando desde preescolar hasta el bachillerato. Sin embargo, para cada nivel educativo se establece un límite anual de deducción, quedando de la siguiente forma:
- Preescolar: $14,200
- Primaria: $12,900
- Secundaria: $19,900
- Profesional Técnico: $17,100
- Bachillerato o equivalente: $24,500
Cabe señalar que las cuotas de inscripción o reinscripción no pueden ser deducibles de ninguna forma.
3. Gastos funerarios
En este caso se pueden deducir los gastos funerarios de cónyuge, concubino(a), padres, abuelos, hijos o nietos. Además, para estos casos no es necesario realizar el pago con medios electrónicos, solamente se debe contar con la factura correspondiente.
4. Intereses hipotecarios
Los intereses reales pagados por créditos hipotecarios también son deducibles ante el SAT, siempre y cuando el monto del crédito no exceda las 750 mil Unidades de Inversión. Son válidos los créditos otorgados por Infonavit, FOVISSSTE e instituciones bancarias y financieras.
5. Donativos
Se pueden deducir los donativos otorgados a instituciones autorizadas por el SAT, siempre y cuando no excedan el 7% de los ingresos acumulables y sean otorgados sin esperar algún tipo de retribución.
6. Aportaciones complementarias al retiro
Por último, las aportaciones realizadas al plan personal de retiro, a la Afore o a la subcuenta de aportaciones complementarias también pueden ser deducibles. Sin embargo, para ello es indispensable contar con las facturas electrónicas correspondientes y realizar los pagos mediante cheques nominativos, transferencias electrónicas o tarjetas de crédito o débito.
Límites en los gastos personales que se pueden deducir
Si bien estos gastos tiene sus requisitos y restricciones propias, de manera general, es necesario saber que el SAT ha establecido un limite en los gastos que pueden deducirse, siendo de hasta 5 Unidades de Medida y Actualización (UMA) anuales o el 15% de los ingresos totales.
En caso de superar este límite, el cálculo de los impuestos y el saldo final registrado podrían tener diversas alteraciones.
Así que ya lo sabes, si vas a presentar tu declaración anual en este periodo, recuerda que existen diversos gastos personales que se pueden deducir para reducir al mínimo tu pago de impuestos, e incluso hacer que tengas un saldo a favor para tu beneficio.