Pensión IMSS Ley 73: aumento confirmado para 2025 según SCJN
La SCJN confirma aumento en la Pensión IMSS Ley 73 para 2025, beneficiando a jubilados con ajustes según la inflación.
Si estás afiliado al esquema de la Pensión IMSS Ley 73, hay buenas noticias. La Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) confirmó que a partir de 2025 las pensiones bajo esta modalidad recibirán un aumento basado en la inflación. Este cambio busca beneficiar a miles de jubilados, especialmente a quienes reciben la Pensión Mínima Garantizada.
¿Qué significa este aumento para los pensionados?
La Pensión IMSS Ley 73 aplica a los trabajadores afiliados antes del 1 de julio de 1997, cuyo monto de pensión se calculaba según el salario promedio de sus últimas 250 semanas cotizadas. Con esta resolución, el incremento anual ya no dependerá exclusivamente de este promedio, sino que estará directamente relacionado con la inflación.
Te recomendamos este videoSegún estimaciones, el aumento podría ser de hasta el 12% para quienes reciben la Pensión Mínima Garantizada, aunque para otros pensionados dependerá de los datos finales de inflación al cierre de 2024. Por ejemplo, con una inflación actual del 5%, se proyectan aumentos proporcionales en los pagos mensuales.
¿Cómo tramitar la Pensión IMSS Ley 73?
Si aún no has iniciado tu trámite de pensión, es importante tener en cuenta los requisitos necesarios:
- Documentos básicos: Identificación oficial vigente, comprobante de domicilio no mayor a tres meses y una copia certificada del acta de nacimiento.
- Datos bancarios: Un documento que incluya tu número de cuenta y CLABE interbancaria para recibir el depósito.
- Condiciones específicas: Contar con al menos 500 semanas de cotización y tener más de 60 años para la pensión de cesantía en edad avanzada, o 65 años para la de vejez.
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Para más información, puedes consultar directamente en el sitio oficial del IMSS.
¿Qué requisitos deben cumplir los pensionados?
De acuerdo con la Ley 73, los trabajadores deben haber causado baja en el régimen obligatorio, estar privados de un trabajo remunerado y mantener sus derechos vigentes ante el Instituto. Si cumples con estos requisitos, este ajuste te beneficiará de forma directa.
Por otro lado, si estás afiliado a la Ley 97 y no alcanzas las 1,000 semanas cotizadas, puedes optar por retirar el saldo acumulado en tu cuenta o continuar cotizando para completar las semanas necesarias. Este régimen también incluye la posibilidad de mantener el acceso a servicios médicos si tienes al menos 750 semanas de cotización.