Personas morales, ¿a qué se refieren las autoridades del SAT cuando nombran a esta figura?
Las personas morales son entidades que, ante el SAT, representan a las empresas y que tienen una personalidad jurídica independiente de sus propietarios.
Para el Servicio de Administración Tributaria (SAT) las “personas morales” son entidades que tienen una personalidad jurídica independiente de sus miembros o propietarios. Además, están capacitadas para realizar actividades comerciales, industriales o de servicios y están sujetas a obligaciones fiscales.
Según la Secretaría de Economía (SE), se trata de una personalidad jurídica conformada por personas físicas o morales que se unen para la realización de un fin colectivo.
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Las personas morales también están obligadas a presentar su declaración de impuestos de forma anual. En 2024 tendrán hasta el primer día de abril para realizarlo.
El SAT informa que del 1 de enero al 1 de abril, las personas morales pueden presentar su Declaración Anual 2023.
Asimismo, da a conocer las actualizaciones y mejoras para facilitar la presentación de las mismas. pic.twitter.com/1uNJnZE8L2
— SATMX (@SATMX) January 4, 2024
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Tipos de personas morales que existen en México
Las empresas o sociedades mercantiles son catalogadas como personas morales en el país. Actualmente se dividen en 7 tipos, para averiguar a cuál pertenece una compañía o un proyecto se deben de tener en cuenta las siguientes variables, de acuerdo con el Gobierno Federal:
- Si se emprendes solo o en sociedad
- El capital con el que se dispone
- El tipo de administración deseada
- El tamaño de la empresa y volumen de ingresos
1. Sociedad por Acciones Simplificada (SAS)
Es aquella que se constituye con una o más personas físicas que solamente están obligadas al pago de sus aportaciones representadas en acciones.
2. Sociedad Anónima (SA)
Es la que existe bajo una razón social y se compone exclusivamente de socios cuya obligación se limita al pago de sus acciones.
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3. Sociedad de Responsabilidad Limitada (S de RL)
Es la que se constituye entre socios que solamente están obligados al pago de sus aportaciones, sin que las partes sociales puedan estar representadas por títulos negociables, a la orden o al portador. sólo son cedibles en los casos y con los requisitos que establece la Ley General de Sociedades Mercantiles.
4. Sociedad en Comandita Simple (S en CS)
Es la que existe bajo una denominación social y se compone de uno o varios socios comanditados que responden, de manera subsidiaria, ilimitada y solidariamente, de las obligaciones sociales. Estas personas únicamente están obligados al pago de sus aportaciones.
5. Sociedad en Comandita por Acciones (SCA)
Es la que se compone de uno o varios socios comanditados, que forman parte de la administración, y de uno o varios socios comanditarios.
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6. Sociedad en Nombre Colectivo (SNC)
Es aquella que existe bajo una razón social y en la que todos los socios responden, de modo subsidiario, ilimitada y solidariamente, de las obligaciones sociales.
7. Sociedad Cooperativa (SC)
Es una forma de organización social integrada por personas físicas con base en intereses comunes y en los principios de solidaridad, esfuerzo propio y ayuda mutua.
Este tipo de persona moral surge con el propósito de satisfacer necesidades individuales y colectivas, a través de la realización de actividades económicas de producción.