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¡Pon atención! Por estas deudas te pueden embargar

Somos News
23 Sep 2023 2:20 pm
¡Pon atención! Por estas deudas te pueden embargar

Para muchas personas, uno de los temores más grandes al momento de adquirir una deuda, además de no tener los […]

Para muchas personas, uno de los temores más grandes al momento de adquirir una deuda, además de no tener los recursos para pagarla o quedar en buró de crédito, es el que te puedan embargar por no realizar los pagos correspondientes a las deudas.

Sin embargo, es importante que conozcas por qué tipo de deudas se puede embargar los bienes y qué hacer en estos casos. Te explicamos los detalles a continuación.

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¿Por qué deudas te pueden embargar tus bienes?

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Antes de saber por qué deudas te pueden embargar, debes saber que en México existen dos tipos de procesos de embargo:

Embargo preventivo: en este proceso no se despoja de los bienes al deudor, pero no puede hacer uso libremente de estos ni venderlos. El objetivo de este embargo es asegurar que se haga el pago de la deuda.

Embargo ejecutivo: en este proceso la autoridad judicial o fiscal ordena la retención de los bienes para proceder con un remate de estos y, con ello, saldar la deuda.

Ahora, los tipos de deuda que pueden provocar un embargo de los bienes están:

  1. Los casos más comunes de embargo son por no cumplir con el compromiso de un crédito hipotecario o automotriz. En estos eventos el banco o la institución financiera buscará la manera de recuperar la propiedad o el auto. 
  2. Si existe un adeudo de una tarjeta de crédito, el banco puede recurrir a un embargo, pero es poco común porque para esto debe darse el proceso de una notificación de embargo y después una orden, lo cual será por medio de un juez. 
  3. El Servicio de Administración Tributaria (SAT) está facultado para hacer embargos a los contribuyentes tanto a personas físicas o morales, que no cumplan con sus obligaciones fiscales, esto, tras no pagar un crédito fiscal por un plazo de 45 días después de que existe una notificación del requerimiento.

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¿Qué te pueden embargar?

El Código Fiscal de la Federación detalla que algunos de los bienes que se pueden embargar, son los siguientes:

  • Dinero, metales preciosos, depósitos bancarios, componentes de ahorro o inversión asociados.
  • Acciones, bonos, cupones vencidos, valores mobiliarios y créditos de inmediato y fácil cobro.
  • Bienes muebles.
  • Bienes inmuebles.

¿Qué hacer en caso de embargo?

Debes sabes que un embargo por no pagar un crédito puede tener lugar solamente si hay de por medio la orden de un juez.

Si un despacho de cobranza amenaza con un embargo, según el Código Penal se trata de una práctica ilegal que debe ser sancionada como un delito.

En caso de ser embargado a raíz de un juicio del cual usted debió ser notificado previamente, y además se debe ser notificado del propio embargo a la persona afectada, explica la Condusef.

Por ello, de acuerdo con la Condusef, los embargos son la mayoría de las veces una mentira que utilizan los despachos de cobranza.

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