SAT 2025: lista de contribuyentes que recibirán PRIMERO su saldo a favor

Barbara Garcia 08 Abr 2025 10:21 am
SAT 2025: lista de contribuyentes que recibirán PRIMERO su saldo a favor Foto: Especial.

Si tu devolución es menor a 150 mil pesos, el SAT puede depositarte antes. Te contamos qué condiciones debes cumplir para agilizar tu reembolso.

Si ya presentaste tu declaración anual, seguro te interesa saber cuándo te llegará tu saldo a favor. Y si aún no la haces, este dato puede motivarte: el SAT prioriza a ciertos contribuyentes para devolverles más rápido su dinero.

Pero, ¿quiénes califican para este beneficio? Aquí te explicamos todo.

¿Quiénes reciben primero su saldo a favor?

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El saldo a favor aplica cuando pagaste más impuestos de los que debías, ya sea por retenciones o deducciones personales como colegiaturas, intereses hipotecarios o gastos médicos. En esos casos, puedes solicitar que el SAT te devuelva lo que pagaste de más.

Para 2025, el SAT confirmó que las personas físicas con saldo a favor menor o igual a 150 mil pesos son candidatas a obtener la devolución de forma automática. Es decir, sin tener que llenar formatos adicionales ni presentar documentación extra.

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Esta devolución automática agiliza el proceso y permite que muchos contribuyentes reciban su dinero en menos de 40 días… o incluso en menos de una semana.

Requisitos para obtener la devolución automática

Dependiendo del monto de tu saldo a favor, el SAT solicita diferentes condiciones:

  • Si es menor o igual a 10 mil pesos, basta con tener tu contraseña del SAT activa.
  • Entre 10 mil y 15 mil pesos, debes tener tu CLABE interbancaria precargada en el sistema.
  • Si es mayor a 10 mil y cambias tu CLABE, necesitas tener tu e.firma vigente.

Además, debes marcar la opción “Devolución” durante tu declaración anual. Parece obvio, pero muchos la omiten por error y eso bloquea el proceso.

¿En qué casos NO aplica la devolución automática?

Aunque el SAT busca facilitar el proceso, hay situaciones en las que no aplica la devolución automática del saldo a favor:

  • El monto excede los 150 mil pesos.
  • Tus ingresos provienen de bienes o negocios en copropiedad.
  • Tu RFC está suspendido o cancelado.
  • El SAT no pudo localizar tu domicilio fiscal.
  • La devolución corresponde a un año fiscal distinto.
  • Ya solicitaste antes el reembolso vía Formato Electrónico de Devolución.
  • Olvidaste seleccionar la opción de Devolución en tu declaración.
  • Presentaste la declaración después del 31 de julio de 2025.
  • Tienes sellos digitales o firma electrónica revocados.

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¿Qué hacer si no te devuelven todo tu saldo a favor?

Si el SAT solo te devuelve una parte o nada del saldo, lo primero es revisar tu buzón tributario. Ahí podrás ver si hay observaciones o solicitudes de información adicional. En caso necesario, puedes ingresar una solicitud formal de devolución usando el Formato Electrónico.

También es útil consultar a un contador o asesor fiscal que te ayude a resolver inconsistencias, ya que a veces el problema está en un error de captura o en deducciones mal aplicadas.