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SAT lanza nueva plataforma para facilitar pago del IVA, así funciona

Somos News
16 Feb 2024 5:00 am
SAT lanza nueva plataforma para facilitar pago del IVA, así funciona
Foto: Edición Somos News

El Servicio de Administración Tributaria (SAT) lanzó una nueva plataforma para facilitar a los contribuyentes el pago definitivo del IVA.

El Servicio de Administración Tributaria (SAT) lanzó una nueva plataforma a través de internet para que las personas morales que se encuentra dentro del Régimen General realicen los pagos definitivos del impuesto al valor agregado (IVA) correspondientes al ejercicio 2024.

Esta herramienta fue puesta en marcha desde el pasado 1 de febrero de 2024, e incluye algunas mejoras para facilitar el cumplimiento de sus obligaciones fiscales.

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Así funciona nueva herramienta del SAT para pagar IVA

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El Servicio de Administración Tributaria (SAT) informó que esta nueva herramienta digital concentra en un solo sitio todas las obligaciones fiscales de los contribuyentes del Régimen General.

Además, tiene un rediseño del formulario para identificar de forma más sencilla los conceptos de la declaración.

Esta nueva herramienta facilita el cumplimiento de las obligaciones fiscales, por medio de la precarga de la información de los Comprobantes Fiscales Digitales por Internet (CFDI) emitidos y recibidos de tipo “Ingreso” y “Pago”, con opción de realizar modificaciones, respetando el derecho de la autodeterminación de los contribuyentes.

Persona en computadora con logo del SAT
Edición Somos News

La autoridad tributaria detalló que la nueva herramienta se encuentra disponible a través del sitio web del SAT.

¿Qué son los pagos definitivos del SAT?

Los pagos definitivos de IVA son una declaración que se tiene que hacer mensualmente para informar al pago sobre el pago, retención, acreditamiento y traslado del impuesto. La fecha límite para entregarlos es el día 17 del mes posterior al pago.

“El plazo para presentarla es a más tardar el día 17 del mes siguiente al que corresponda el pago, de conformidad con el artículo 5-D, segundo párrafo, de la Ley del Impuesto al Valor Agregado”, detalló el SAT en un comunicado.

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