¿Te puedes dar de baja del SAT?
Hacer las declaraciones anuales ante el Servicio de Administración Tributaria (SAT) pueden ser agobiantes, pero es una obligación que se […]
Hacer las declaraciones anuales ante el Servicio de Administración Tributaria (SAT) pueden ser agobiantes, pero es una obligación que se tiene como ciudadano. Por eso, para aquellos quienes se han preguntado si se pueden dar de baja del sistema de la dependencia, la respuesta es no.
A pesar de que no te puedes dar de baja por completo ante el SAT, si puedes realizar una “suspensión de actividades”. Este trámite es para personas que han dejado de realizar actividades económicas por lo que la institución estará al tanto de que el contribuyente no tiene cosas que declarar.
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Cómo tramitar tu suspensión de actividades ante el SAT
Te recomendamos este videoEl trámite es sencillo y se puede hacer a través del portal web del SAT, bajo el apartado de “Tramites del RFC”. En esta sección deberás acceder al menú de “Actualizaciones del RFC” y seleccionar la opción: “Presenta tu aviso de suspensión de actividades”.
Para poder hacer este trámite es necesario contar con la e.firma ya que el se hace a través del portal de “Mi @spacio”. Suspender tus actividades ante la dependencia de gobierno es un proceso gratuito y debe ser gestionado el mes siguiente al que se suspenden las actividades económicas.
Al realizar la suspensión de actividades se entrega una versión actualizada de tu situación fiscal que contiene todos los datos además de un QR con el que se puede validar el documento.
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¿La suspensión de actividades te libera de cumplir con tus declaraciones?
La suspensión de actividades no libera a la persona de cumplir con declaraciones u obligaciones que están pendientes.
Realizar este trámite no es lo mismo que darse de baja ante el SAT. Más bien es como una pausa. Todos tus datos, tu e.firma, tus declaraciones pasadas, tu RFC se quedarán almacenadas en el sistema y podrán ser accedidas a través de tu cuenta.
Puedes volver a reanudar tus actividades ante el SAT realizando el tramite en el portal web. No hay ningún documento que se debe presentar y es fácil y sencillo.
Después de reanudar actividades económicas ante el SAT, una nueva constancia de situación fiscal será emitida. Esta se debe imprimir y guardar junto con el acuse de movimientos de actualización de situación fiscal para tener comprobantes de las acciones realizadas.
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