¿Vuelo retrasado? Así te debe indemnizar aerolínea, según Profeco
Si estás considerando adquirir boletos para viajar en avión o ya tienes programado un traslado próximamente, esta información te interesa. […]
Si estás considerando adquirir boletos para viajar en avión o ya tienes programado un traslado próximamente, esta información te interesa. Recuerda que además de llegar con horas de anticipación, también debes tener claros tus derechos como pasajero y conocer el protocolo a seguir en caso de vuelo retrasado o con demora.
Es por eso que la Procuraduría Federal del Consumidor (Profeco), emitió una serie de recomendaciones sobre tus derechos al viajar en avión y, específicamente, sobre las medidas a tomar en caso de retraso o demora en el vuelo.
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Si tu vuelo va retrasado, debes exigir esta indemnización: Profeco
Te recomendamos este videoEl primer punto con el que debe cumplir la aerolínea, en caso de un atrasado menor a 4 horas, es informar las causas por medios electrónicos o módulos de atención. En caso de que la demora sea responsabilidad de la empresa, esta debe compensar a los usuarios de acuerdo con lo siguiente:
- Superior a una hora e inferior a 4: se deben proporcionar, como mínimo, descuentos para vuelos posteriores hacia el mismo destino y/o alimentos y bebidas.
- Si es mayor a 2 horas y menor a 4 horas: se debe aplicar un descuento no menor al 7.5 por ciento del boleto.
Esto debes exigir a la aerolínea por retraso o demora en el vuelo, según Profeco
Si por alguna situación la aerolínea es responsable de un retraso mayor a 4 horas o de la cancelación del vuelo:
- Puedes exigir el reintegro del precio del boleto o de la parte no realizada del viaje.
- Por otro lado, como alternativa también podrás solicitar un transporte sustituto en el primer vuelo disponible, alimentos, alojamiento y transporte terrestre en caso de ser necesario.
- Otra opción es pedir un transporte en una fecha posterior al mismo destino.
Si decides el reintegro del precio del boleto o cambiar la fecha del transporte, de igual manera deberás recibir una indemnización no menor al 25 por ciento del precio del boleto o de la parte no realizada del viaje.