Día de la Candelaria: ¿Se paga doble si trabajas el 2 de febrero del 2026 según la LFT?

Barbara Garcia 27 Ene 2026 11:20 am
Foto: Pixabay.

El 2 de febrero es descanso obligatorio según la LFT, pero no por el Día de la Candelaria. Si trabajas ese día, la ley establece un pago especial. Aquí te explicamos cómo funciona.

¡ATENCIÓN! El 2 de febrero LFT sí es un día de descanso obligatorio… pero no por los tamales ni por el Niño Dios. Aunque coincida con el Día de la Candelaria, la razón legal detrás del descanso es otra, y eso cambia completamente cómo se paga si te toca trabajar.

En 2026, el lunes 2 de febrero será “puente” laboral en todo el país. Y si tu jefe te pide presentarte, es clave que sepas exactamente cuánto te deben pagar según la Ley Federal del Trabajo.

¿Por qué el 2 de febrero es descanso obligatorio según la LFT?

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De acuerdo con el calendario oficial, el 2 de febrero LFT se considera día de descanso obligatorio porque ese día se conmemora, de forma adelantada, el aniversario de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos.

Aunque la Constitución se promulgó el 5 de febrero, la LFT establece que esta fecha se recorra al primer lunes de febrero. ¿La razón? Fomentar el turismo interno y permitir los famosos “puentes” que tanto agradecen los trabajadores.

Así que no:

  • No se descansa por la Candelaria,
  • sí se descansa por la Constitución,
  • y eso tiene consecuencias directas en tu pago.

¿Qué dice la LFT sobre trabajar el 2 de febrero?

Aquí entra lo importante. El artículo 74 de la LFT reconoce este día como descanso obligatorio para la mayoría de los trabajadores, tanto del sector público como del privado.

Escuelas, oficinas administrativas y muchos centros de trabajo suspenden actividades. Sin embargo, hay excepciones: servicios esenciales, guardias, turnos continuos, comercio, salud, transporte… ya sabes, los que nunca paran.

Especial.

Si tú estás en ese grupo y te toca chambear el 2 de febrero LFT, la ley también te protege.

¿Te toca trabajar el 2 de febrero? Esto deben pagarte

Aquí no hay interpretación ni letra chiquita. El artículo 75 de la LFT es clarísimo:

“Los trabajadores tendrán derecho a que se les pague, independientemente del salario que les corresponda por el descanso obligatorio, un salario doble por el servicio prestado”.

Dicho en español normal y sin enredos:

  • se paga triple.

¿Cómo se desglosa el pago?

  • Tu salario diario normal (porque el descanso ya está incluido).
  • Más el doble de tu salario diario por haber trabajado ese día.

Ejemplo rápido

Si ganas 300 pesos diarios y trabajas el 2 de febrero LFT, debes recibir:

  • 300 pesos (salario normal)
  • 600 pesos (pago doble adicional)

Total: 900 pesos por ese día.

Entonces… ¿se paga doble o triple?

La confusión es común, pero la respuesta correcta es clara:

  • Se paga triple, no doble.

Y ojo: no es un favor de la empresa, es una obligación legal. Si no se cumple, puedes exigirlo.