Señalan a Mifel por presunta apropiación de recursos
Mifel, entidad financiera dirigida por el banquero Daniel Becker Feidman, es señalada por presuntas retenciones ilegales de los recursos de […]
Mifel, entidad financiera dirigida por el banquero Daniel Becker Feidman, es señalada por presuntas retenciones ilegales de los recursos de sus clientes, incluso algunas versiones apuntan que esto es con la intención de apropiárselos.
Diversos reportes señalan que el modus operandi sería de esta manera:
Te recomendamos este videoLa entidad retiene los recursos de los clientes sin un solo tipo de orden judicial o administrativo.
Posteriormente, se realiza un tipo de procedimiento civil o penal para justificar congelar los recursos.
En caso de que el cliente afectado reclame sus recursos, se le indica que debe acudir a reclamar a las oficinas de la entidad financiera, ubicadas en Polanco.
Sin embargo, el personal no atiende a las personas y tampoco aceptan la recepción de ningún tipo de documento o queja; solo le indican al cliente que debe presentar sus quejas vía correo electrónico a la Unidad Especializada de Atención a Usuarios.
Pero dicha unidad tampoco emite posicionamiento o respuesta alguna.
En caso de que el cliente decida tomar acciones legales en contra de Mifel, se enfrentará a nuevos desafíos. Esto debido a que una vez iniciado el proceso legal, verá su cuenta bloqueada por parte de la banca de manera presuntamente arbitraria.
Si el cliente opta por continuar por lo legal para recuperar sus recursos, podría enfrentarse a un proceso de años de duración para poder comprobar la retención de su capital de forma injustificada.
Comprobar dicho escenario tampoco significaría tener la batalla ganada contra Mifel, pues la devolución de los recursos al cliente no se realiza de manera inmediata con la resolución de las autoridades.
Todo lo contrario: la entidad alega que ya se cumplió con dejar sin efecto el aseguramiento de los recursos. Además, reportes apuntan que el Banco no devuelve el dinero, pues sostendrán que se decretó la suspensión de la cuenta con base al contrato bancario.
Sin embargo, al revisar el contrato de adhesión bancario (que se encuentra disponible en el portal de la Comisión Nacional para la Protección y Defensa de los Usuarios de Servicios Financieros [Condusef]), se constata que no existe cláusula alguna de suspensión de cuenta.
Lo que sí marca dicho contrato es que la Banca puede dar por terminada la relación con su cliente, y que debe poner a disposición del cliente el saldo de sus cuentas en un plazo no mayor a 10 días naturales.
La “suspensión de la cuenta” es motivo de un nuevo proceso jurídico para el cliente para poder recuperar su capital; pero esto de nueva cuenta puede ser peleado por la banca, que puede apelar la decisión hasta llegar a ampararse.
En caso de que el cliente opte por llegar hasta la última instancia legal sin importar el tiempo y logre ganar cada recurso interpuesto, la banca le devolverá su capital pero no los accesorios financieros.