Acreditamiento del IVA en vehículos de empleados: requisitos que debes cumplir
Para que la deducción del IVA sea válida, el automóvil debe usarse exclusivamente en las actividades del negocio o del trabajo.
El acreditamiento del Impuesto al Valor Agregado (IVA) es un derecho fundamental para los contribuyentes. Te permite restar el IVA que pagaste en tus compras o gastos (conocido como IVA acreditable) del IVA que cobraste en tus ventas o servicios (IVA trasladado).
En esencia, es un mecanismo para evitar pagar doble impuesto y asegurar que solo pagues el IVA sobre el valor añadido en tu cadena productiva.
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Para que puedas ejercer este derecho, es crucial que cumplas con ciertos requisitos indispensables:
- Gasto Indispensable y Deducible: El IVA que buscas acreditar debe corresponder a bienes, servicios o el uso temporal de bienes que sean estrictamente necesarios para tu actividad económica. Para que un gasto se considere indispensable, debe ser deducible para efectos del Impuesto sobre la Renta (ISR). Si un gasto es solo parcialmente deducible, solo podrás acreditar la parte proporcional del IVA que corresponda a la porción deducible.
- IVA Desglosado en Factura: Es fundamental que el IVA te haya sido trasladado de forma expresa y que aparezca por separado en la factura o comprobante fiscal que recibiste. Para el caso de importaciones, el pedimento de importación debe estar a tu nombre y reflejar claramente el pago del IVA.
- Pago Efectivo del IVA: El IVA que pretendes acreditar debe haber sido efectivamente pagado en el mes correspondiente. Esto significa que la operación debe haberse concretado con un flujo de efectivo.
Consideraciones Especiales para Servicios u Obras Especializadas
Si contratas servicios u obras especializadas, el proceso de acreditamiento del IVA tiene una capa adicional de requisitos para el contratante:
- Verificación del Registro REPSE: Debes asegurarte de que tu proveedor esté debidamente inscrito en el Registro de Prestadoras de Servicios Especializados u Obras Especializadas (REPSE) de la Secretaría del Trabajo y Previsión Social, según lo establecido en el artículo 15 de la Ley Federal del Trabajo.
- Documentación Esencial del Proveedor: Además, tu proveedor debe entregarte la siguiente documentación:
- La declaración del IVA del periodo en que se realizó el servicio.
- El acuse de pago del IVA correspondiente a dicho periodo.
Cumplir con estos requisitos es fundamental para asegurar que tus operaciones de IVA sean correctas y evitar futuras complicaciones con la autoridad fiscal.
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Acreditamiento del IVA en gastos por uso de vehículos de empleados
El artículo 21 del Reglamento de la Ley del Impuesto al Valor Agregado (RLIVA) señala que los contribuyentes pueden acreditar el IVA trasladado por gastos relacionados con combustible, aceite, servicios, reparaciones y refacciones, siempre que estos se originen por el uso de un automóvil propiedad de una persona que les preste servicios personales subordinados y se deriven de un viaje realizado para desempeñar actividades propias de aquellos.
En estos casos, el acreditamiento del IVA solo es procedente en la proporción que esos gastos resulten deducibles para efectos del ISR. Consecuentemente, si los gastos son parcialmente deducibles conforme a la Ley del Impuesto sobre la Renta (LISR), únicamente se puede acreditar el IVA correspondiente a la parte efectivamente deducible.
Gastos parcialmente deducibles en ISR
La fracción II del numeral 28 de la LISR señala que en el caso de los automóviles, solo se puede deducir una parte del gasto, y esta parte depende del monto máximo permitido por la Ley, el cual según el artículo 36 de la LISR, es de $175,0000.00, salvo en el caso de los eléctricos, en donde el importe es de $250,000.00.
Esto significa, que si el valor total del automóvil es mayor al límite legal permitido, solo se puede deducir la proporción que corresponda a ese límite, no el valor completo del vehículo.
Para que la deducción sea válida, el automóvil debe usarse exclusivamente en las actividades del negocio o del trabajo profesional del contribuyente. Además, se debe contar con las facturas y los documentos necesarios que comprueben tanto la compra como el uso del vehículo.
También se pueden deducir otros gastos relacionados con el uso del automóvil, como son el combustible, los servicios, el mantenimiento, las reparaciones y las refacciones. Estos gastos solo son deducibles si son estrictamente necesarios para las actividades del contribuyente y están respaldados con comprobantes fiscales válidos.
Finalmente, como se comentó, en el caso de que el automóvil sea propiedad de un trabajador y se utilice para realizar actividades laborales por cuenta del patrón (por ejemplo, en un viaje de trabajo), los gastos que se generen por el uso del vehículo son deducibles. Sin embargo, la deducción solo es válida en la proporción en la que dichos gastos también sean deducibles para efectos del ISR.