Adiós a los recargos por cancelar tarjetas: así te protege la nueva Reforma a la LTOSF
Con ello, se busca frenar prácticas en las que las personas reciben plásticos no solicitados que posteriormente provocan cobros o afectan su historial crediticio.
El pasado 12 de noviembre, la Cámara de Diputados aprobó el proyecto de reforma a la Ley para la Transparencia y Ordenamiento de los Servicios Financieros (LTOSF). El objetivo central es fortalecer los derechos de las personas usuarias frente a prácticas abusivas, especialmente en la cancelación de tarjetas y en la emisión no solicitada de plásticos.
Tras su aprobación en el Pleno, la iniciativa fue enviada al Senado para continuar el proceso legislativo.
Cancelación rápida y sin costos
Te recomendamos este videoLa reforma establece que las instituciones financieras deberán cancelar tarjetas de crédito y débito en un plazo de tres a cinco días hábiles, sin imponer comisiones, penalizaciones o requisitos adicionales. La modificación al artículo 18 Bis, fracción I, refuerza la obligación de realizar este trámite de manera ágil y sin cargas ocultas.
Además, el nuevo artículo 18 Bis 10 obliga a entregar un comprobante físico o digital que confirme la terminación del contrato, con el fin de evitar cargos posteriores o afectaciones al historial crediticio.

El artículo 18 Bis 11 también ordena habilitar canales presenciales, telefónicos y digitales —incluyendo un botón visible en plataformas electrónicas disponible las 24 horas— para que la cancelación pueda solicitarse sin trámites adicionales.
Prohibición de tarjetas no solicitadas
La reforma incorpora el artículo 18 Bis 12, que prohíbe expresamente que bancos y comercios emitan tarjetas sin consentimiento previo. En caso de que una tarjeta sea generada sin autorización:
- Será nula de pleno derecho.
- No requerirá trámite de cancelación por parte del usuario.
- No podrá generar anualidades, comisiones ni cargos.
- No podrá reportarse al buró de crédito.
- La institución deberá reembolsar cualquier cargo indebido.
Con ello, se busca frenar prácticas en las que las personas reciben plásticos no solicitados que posteriormente provocan cobros o afectan su historial crediticio.
Protección frente a servicios no autorizados
La reforma adiciona una fracción al artículo 4 Bis, que establece que ninguna institución puede cobrar seguros, membresías, beneficios adicionales o servicios que no estén incluidos en el contrato de adhesión. Si estos cargos llegaran a aplicarse, deberán reembolsarse sin exigir trámites extra más allá de la solicitud inicial.
Cambios aprobados en la LTOSF
Las principales modificaciones son:
- Artículo 4 Bis (nueva fracción): Prohíbe cobros de servicios no autorizados y exige consentimiento expreso.
- Artículo 18 Bis, fracción I (reformado): Refuerza la obligación de procesar cancelaciones sin trabas ni cargos.
- Artículo 18 Bis 9 (adicionado): Establece el plazo obligatorio de tres a cinco días hábiles para cancelar.
- Artículo 18 Bis 10 (adicionado): Obliga a emitir comprobante físico o digital de cancelación.
- Artículo 18 Bis 11 (adicionado): Ordena habilitar canales presenciales, telefónicos y digitales 24/7.
- Artículo 18 Bis 12 (adicionado): Declara nulas las tarjetas emitidas sin consentimiento e impide cualquier cargo o reporte.
La propuesta fue aprobada por unanimidad con 467 votos y enviada al Senado. De ratificarse, establecería un marco más claro, transparente y accesible para proteger a las personas usuarias de servicios financieros en México.