SAT anuncia Auditoría Exprés 2026 a domicilio: fechas límite y elementos de defensa
La auditoría exprés inicia con una orden de visita o verificación, la cual puede practicarse en cualquier lugar.
La Reforma Fiscal 2026 marca un cambio profundo en la forma en que se fiscaliza a las empresas en México. Entre las modificaciones más relevantes se encuentra la incorporación de la llamada auditoría exprés, un procedimiento abreviado que permite al Servicio de Administración Tributaria (SAT) revisar, en plazos muy cortos, si los Comprobantes Fiscales Digitales por Internet (CFDI) realmente amparan operaciones existentes, verdaderas y con sustento jurídico real.
Este nuevo esquema fue analizado durante el evento “Nuevo Paradigma Fiscal: puntos clave para 2026”, organizado por la firma Hogan Lovells, donde especialistas explicaron el alcance de las reformas al Código Fiscal de la Federación (CFF), así como los riesgos operativos que enfrentarán las empresas a partir de este año.
¿Qué es la auditoría exprés y qué cambió en el Código Fiscal?
Te recomendamos este videoLa auditoría exprés es un procedimiento específico mediante el cual la autoridad fiscal puede verificar si los CFDI documentan operaciones reales, más allá de que estén correctamente timbrados desde un punto de vista técnico.
Con la Reforma Fiscal 2026, el CFF ahora vincula de manera expresa la validez de un comprobante fiscal con la existencia, veracidad y realidad jurídica de la operación, lo cual quedó establecido en el artículo 29-A, fracción IX, que señala que los comprobantes que no cumplan con este requisito se considerarán falsos para efectos fiscales.
En la práctica, esto significa que ya no basta con emitir una factura correctamente: el CFDI debe ser coherente con la actividad económica del contribuyente, su objeto social y la lógica real de su operación.
El alcance del nuevo criterio del SAT
En entrevista para IDC, Giovanni Sosa, especialista en controversia fiscal y administrativa y Counsel de Hogan Lovells, explicó que aunque el objetivo declarado del SAT es combatir esquemas de simulación, el impacto del procedimiento es general y puede alcanzar a cualquier contribuyente.
El experto señaló que, si bien la autoridad busca atacar facturación sin sustento real, los contribuyentes aún pueden defenderse si cuentan con pruebas suficientes que acrediten que la operación sí ocurrió, aun cuando existan errores formales en el CFDI.
No obstante, advirtió que la auditoría exprés no distingue por tamaño, sector o tipo de empresa, por lo que cualquier contribuyente puede ser sujeto a este procedimiento si el SAT presume que un comprobante no refleja una operación real.
¿Cómo se activa la auditoría exprés del SAT?
La auditoría exprés inicia con una orden de visita o verificación, la cual puede practicarse en cualquier lugar donde se desarrollen actividades relacionadas con los CFDI revisados, incluso fuera del domicilio fiscal.
Desde el momento de la notificación, el SAT puede restringir de forma inmediata el Certificado de Sello Digital (CSD), lo que impide emitir facturas, timbrar nómina o generar nuevos comprobantes, afectando directamente la operación diaria del negocio.
Durante la visita, la autoridad puede recabar información y documentación, además de utilizar herramientas tecnológicas como fotografías, video e incluso drones, para evaluar si las operaciones son reales. Con base en ello, emite una resolución determinando si los CFDI amparan o no operaciones existentes.
Plazos y consecuencias del procedimiento
Uno de los puntos más críticos de la auditoría exprés son sus tiempos reducidos. De acuerdo con el CFF:
- El contribuyente cuenta con 15 días para desvirtuar los hechos, con una prórroga única de 5 días.
- El SAT tiene hasta 50 días para valorar las pruebas y emitir resolución.
- Dentro de los primeros 20 días, la autoridad puede solicitar información adicional, la cual debe entregarse en un plazo de 10 días.
- Si no se logra desvirtuar la presunción, el contribuyente será incluido en la lista negra del SAT, publicada en el Diario Oficial de la Federación (DOF).
Además, los clientes que hayan dado efectos fiscales a esos CFDI deberán corregir su situación mediante declaraciones complementarias o enfrentar la suspensión de sus sellos digitales.
¿Qué tipo de pruebas se deben presentar?
La ley no establece un listado cerrado de documentos, pero en la práctica se exige acreditar la materialidad de la operación. Esto puede incluir contratos, órdenes de compra, registros contables, entregables, evidencia del proceso productivo, correos electrónicos, chats, fotografías, bitácoras y cualquier elemento que permita reconstruir lo que realmente ocurrió.
En este nuevo escenario, el cumplimiento fiscal deja de ser solo administrativo y se convierte en una estrategia de documentación y control operativo, donde demostrar la realidad de las operaciones es clave para evitar sanciones severas.