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¿El 12 de diciembre cuenta como día inhábil laboral? Esto es lo que debes saber

IDC Online
10 Dic 2025 12:01 pm
¿El 12 de diciembre cuenta como día inhábil laboral? Esto es lo que debes saber
Foto: Especial.

Pueden ocurrir supuestos por los cuales el 12 de diciembre se asimile a un día inhábil.

Cada 12 de diciembre se celebran en todo el país las festividades en honor a la Virgen de Guadalupe, una de las tradiciones religiosas más importantes de México. Sin embargo, no es un día de descanso oficial, por lo que en la mayoría de los centros de trabajo sí se labora con normalidad.

¿El 12 de diciembre es festivo oficial?

No.
El 12 de diciembre no aparece en el artículo 74 de la Ley Federal del Trabajo (LFT), que es el que establece los días de descanso obligatorio. Por lo tanto, no se trata de un día de asueto.

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A pesar de ello, existe un detalle que genera confusión:

Los bancos sí cierran el 12 de diciembre, pero no por tratarse de un día festivo nacional.

El cierre bancario se debe al Día del Empleado Bancario, según las disposiciones publicadas en el Diario Oficial de la Federación (DOF) el 27 de diciembre de 2024, aplicables para 2025.

Es importante aclarar que el cierre de bancos no convierte automáticamente la fecha en día inhábil laboral.

¿Cuándo el 12 de diciembre puede considerarse día de descanso?

Aunque legalmente no es un festivo, hay situaciones en las que sí puede funcionar como día libre:

✔️ Cuando el patrón lo otorga voluntariamente, de forma verbal o mediante políticas internas.

(Similar a lo que sucede en muchas empresas con el 1 y 2 de noviembre).

✔️ Cuando se pacta en un contrato colectivo de trabajo, e incluso se reconoce como fecha institucional para festejos internos.

En estos casos, el 12 de diciembre se convierte en un día inhábil para esa empresa, sin necesidad de que esté incluido en la LFT.

¿Qué pasa si la empresa organiza una convivencia o fiesta el 12 de diciembre?

Si la empresa decide realizar una convivencia dentro del horario laboral, deben considerarse los siguientes puntos:

No pueden obligar a los colaboradores a asistir.

La persona fue contratada para realizar funciones laborales, no para participar en eventos sociales.

Si se suspenden actividades por el convivio, quienes no asistan deben recibir su salario íntegro.

No pueden pedirles que trabajen mientras el resto del personal está en la celebración.

Si la empresa mantiene operaciones, el trabajador podría asistir a laborar… pero esto puede generar presión o violencia laboral sutil.

El mensaje implícito puede interpretarse como un castigo social por no asistir.

¿Y si la empresa organiza una misa por la Virgen de Guadalupe?

Si el empleador convoca a una misa:

  • No puede obligar a los empleados a asistir.
  • Tampoco puede forzarlos a trabajar si las operaciones se suspenden por este motivo.
  • Debe otorgar permiso con goce de sueldo para evitar actos discriminatorios por motivos de religión.

¿El 12 de diciembre podría convertirse en día festivo obligatorio?

Sí, hay iniciativas de reforma en el Congreso que buscan agregar el 12 de diciembre al listado de días de descanso obligatorio de la LFT.
Sin embargo, aún no han sido aprobadas, por lo que la fecha no es festiva en 2025.

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