Estas son las bicicletas y scooters eléctricos que NO requerirán placas ni licencia en CDMX

Eduardo Espejo 20 Ago 2025 12:19 pm
Foto: alvarobueno en Depositphotos

Los vehículos eléctricos de dos o más ruedas que rebasen los 25 km/h deberán de portar obligatoriamente placas de conducir.

El pasado 15 de agosto, la Ciudad de México aprobó una serie de reformas a la Ley de Movilidad para regular a las bicicletas, motocicletas y scooters eléctricos que, hasta ahora, circulan sin ningún tipo de normativa.

Esta reforma busca proteger a los usuarios y reducir los accidentes ocasionados por este tipo de vehículos, los cuales son cada vez más frecuentes en calles y avenidas. Sin embargo, su promulgación ha generado algunas dudas entre las personas, y una de las más comunes es saber qué criterios se emplearán para la regulación y si algunos vehículos estarán exentos de las normas.

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Por ello, aquí te decimos cuáles son los puntos más importantes y que dispositivos, al menos por ahora, no deberán de tramitar las placas y licencias de conducir para los llamados Vehículos Eléctricos Personales (VEMEPE).

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Puntos clave de la reforma

La regulación de este tipo de vehículos abarca una serie de medidas que se comenzarán a implementar en los próximos meses, destacando las siguientes:

  • Los vehículos deberán de estar registrados ante SEMOVI.
  • Los vehículos deberán de portar obligatoriamente placas de circulación.
  • Los conductores deberán de contar obligatoriamente con licencia de conducir vigente.
  • Los conductores deberán de portar obligatoriamente un casco de seguridad.
  • Los vehículos no podrán circular por ciclovías, carriles exclusivos y banquetas.
  • Los conductores deberán respetar las normativas del Reglamento de Tránsito de la CDMX.

¿A qué bicicletas y scooters eléctricos aplica la reforma?

La reforma aprobada contempla diversos factores para definir el tipo de vehículos que deberán adaptarse a las nuevas reglas, los cuales deben de tener las siguientes características:

  • Vehículos con motor eléctrico de dos o más ruedas que rebasen los 25 km/h.
  • Vehículos con motor eléctrico de dos o más ruedas que pesen al menos 35 kg.
  • Vehículos con motor eléctrico de dos o más ruedas que alcancen entre 250 watts y 1 kilowatt (1.34 caballos de fuerza).
Los vehículos eléctricos que sí se regularán. Imagen: @ClaraBrugadaM en X

Bicicletas y scooters eléctricos que estarían exentos

Tomando en cuenta la información anterior, y a pesar de que no se ha compartido información oficial respecto a las bicicletas y scooters eléctricos que estarán exentos de la regulación, podemos intuir cuáles serán las excepciones.

Medios como Milenio señalan que las unidades de acción humana, de pedaleo asistido y con motores eléctricos que no alcancen los 25 km/h no deberán ajustarse a las normas, por lo que seguirán circulando como lo hacen hasta ahora.

Sin embargo, habrá que esperar a que las autoridades publiquen las reglas y detalles para confirmar o desmentir esta información.

¿Cuándo se tramitarán las placas y licencias?

Una vez publicada la reforma, las autoridades tendrán un periodo de 365 días para comenzar con la implementación obligatoria de las nuevas reglas. Sin embargo, en días recientes, la Jefa de Gobierno de la CDMX, Clara Brugada, indicó que se espera que a partir del mes de diciembre de este 2025 comiencen a expedirse las licencias y placas de circulación para los VEMEPE.

Además, las autoridades cuentan con un mes para hacer públicas las reglas y detalles de la reforma, por lo que a mediados de septiembre tendremos más información disponible al respecto.

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Cabe destacar que, previo a que inicien los trámites vehiculares para regular las bicicletas y scooters eléctricos en CDMX, el gobierno capitalino llevará a cabo una mega campaña de concientización para que las personas conozcan lo que sí y lo que no pueden hacer los dueños de estos vehículos, además de comenzar a familiarizarse con las nuevas normativas.