Registro a la Pensión para Personas con Discapacidad ¿Quiénes son las personas auxiliares y cómo se registran?

Eduardo Espejo 23 Mar 2026 10:11 am
Foto: AllaSerebrina en Depositphotos

El registro es 100% presencial, y quienes no puedan acudir tienen la posibilidad de nombrar a una persona auxiliar.

Este lunes comenzó el periodo de inscripción para nuevos beneficiarios a la Pensión para Personas con Discapacidad por parte de las Secretaría del Bienestar.

El programa otorga un apoyo económico bimestral de $3,3000 pesos a quienes padezcan alguna discapacidad permanente y el registro se realiza de manera presencial a través de los módulos instalados en todo el país.

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Sin embargo, en el caso de quienes no pueden acudir a los módulos por cuestiones de salud o movilidad limitada, tienen la posibilidad de nombrar a una persona auxiliar, la cual no solo puede realizar los trámites necesarios, sino que también tiene la posibilidad de acceder a un beneficio adicional.

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¿Quién puede ser persona auxiliar?

De acuerdo a lo establecido en las bases del programa, las personas auxiliares tienen la facultad de realizar el trámite de inscripción en representación de la persona con discapacidad, siempre y cuando tenga la autorización de la o el titular.

Estas personas deben ser mayores de edad y pueden tener distintos parentescos con los titulares, tales como madre, padre, hermanos, cónyuge o persona con la que viva en concubinato, persona tutora o responsable del cuidado de la persona con discapacidad.

Además, también podrá ser una persona designada por el derechohabiente que así lo desee sin tener parentesco alguno.

El registro es 100% presencial. Foto: Programas para el Bienestar

Requisitos para registrar a una persona auxiliar

Para realizar el registro a la Pensión para Personas con Discapacidad a través de una persona auxiliar, ésta debe presentar los siguientes documentos propios:

  • Acta de nacimiento.
  • Identificación oficial vigente.
  • CURP certificada.
  • Comprobante de domicilio no mayor a seis meses o constancia de residencia de la autoridad local.
  • Documento que acredite el parentesco con la persona con discapacidad permanente.

Además, las personas que ya forma parte del programa y que deseen registrar a una persona auxiliar, pueden hacerlo a través de la línea del bienestar 800 639 4264.

Pago de marcha a la persona auxiliar

Como ya lo mencionamos, las personas que sean registradas como auxiliares pueden acceder a un beneficio económico adicional, el cual es conocido como pago de marcha.

Este pago se realiza cuando la o el derechohabiente fallece, y corresponde una parte del pago mensual entregado ($1,600 pesos aproximadamente en 2026). Sin embargo, para recibir el dinero es indispensable que la persona auxiliar no haya recibido ningún apoyo posterior a la fecha de fallecimiento de la persona derechohabiente.

La solicitud del pago de marcha se puede realizar en los módulos del bienestar presentando los siguientes documentos:

  • Identificación oficial vigente.
  • Acta de defunción y/o constancia médica en formato original.
Las personas auxiliares pueden cobrar el pago de marcha. Imagen: Secretaría del Bienestar

Requisitos de inscripción a la Pensión para Personas con Discapacidad

Si vas a realizar tu registro durante este periodo, ya sea de manera personal o a través de una persona auxiliar, aquí te dejamos la lista de documentos que debes presentar en los módulos de inscripción:

  • Identificación oficial vigente.
  • CURP certificada.
  • Acta de nacimiento.
  • Comprobante de domicilio no mayor a 6 meses de antigüedad.
  • Certificado de discapacidad.
  • Teléfono de contacto celular y de casa.

Para conocer cuál es el módulo de inscripción más cercano a tu domicilio, puedes hacer la consulta a través del buscador en línea habilitado por la Secretaría del Bienestar.

Calendario de registro a la Pensión para Personas con Discapacidad

Como ya lo mencionamos, el registro comenzó este lunes 23 de marzo y se mantendrá abierto durante toda la semana a través de un calendario que funciona de acuerdo a la letra inicial del primer apellido de las y los solicitantes.

Aquí te dejamos las fechas oficiales:

  • Lunes 23: Letras A,B, y C.
  • Martes 24: Letras D, E, F, G y H.
  • Miércoles 25: Letras I, J, K, L y M.
  • Jueves 26: Letras N, Ñ, O, P, Q y R.
  • Viernes 27: Letras S, T, U, V, W, X, Y y Z.
  • Sábado 28 y domingo 29: Todas las letras.

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Así que ya lo sabes, si quieres obtener la Pensión para Personas con Discapacidad y no puedes acudir personalmente a los módulos, recuerda que tienes la posibilidad de registrar a una persona auxiliar y aprovechar el beneficio sin poner en riesgo tu salud.