Compartir
Suscríbete al NEWSLETTER
Cerrar
¿Qué estas buscando?

SAT publica su Séptima Reforma a las RGCE 2025: cambios y puntos clave

IDC Online
09 Dic 2025 8:40 am
SAT publica su Séptima Reforma a las RGCE 2025: cambios y puntos clave
Foto: pressmaster en Depositphotos

La facilidad se otorgaría a través de la regla 2.4.1. de las RGCE 2025, que se pretende reformar para dichos efectos.

Por cuestiones de eficiencia o facilitación, entre otras, se permite a las personas morales introducir o extraer del territorio nacional ciertas mercancías, por un lugar distinto al establecido al efecto en las disposiciones aduaneras.

Ello, previa autorización, la cual se solicita atendiendo lo dispuesto en la regla 2.4.1., y la ficha de trámite 49/LA “Autorización y prórroga para la entrada o salida de mercancía de territorio nacional por lugar distinto al autorizado”, del Anexo 2 de las Reglas Generales de Comercio Exterior –RGCE– 2025.

Nuevas mercancías objeto de autorización

Te recomendamos este video

Tómese en cuenta que dicha autorización también se podría otorgar para las instalaciones que se ubiquen en el municipio de Coatzacoalcos, Veracruz, cuando se acredite que se trata de mercancías nacionales y se cuenta con el Comprobante Fiscal Digital por Internet (CFDI) por la enajenación correspondiente. 

Esto siempre y cuando se trate de los hidróxidos de sodio (sosa o soda cáustica) y de potasio (potasa cáustica), clasificados en las fracciones arancelarias 2815.11.01, 2815.12.01 y 2815.20.03, que salgan del país. 

Adecuación de reglas 

La facilidad se otorgaría a través de la regla 2.4.1. de las RGCE 2025, que se pretende reformar para dichos efectos.

Incluso, se establecerían los documentos que se adjuntarían al pedimento para el despacho de exportación de esas mercancías, esto en la regla 2.4.3.

Lo anterior se dio a conocer en el portal del Servicio de Administración Tributaria, en la “Primera versión anticipada de la Séptima Resolución de modificaciones a las Reglas Generales de Comercio Exterior2025”.

Se prevé que la Séptima resolución de modificaciones a las RGCE 2025 entrará en vigor a partir del día siguiente al de su publicación en el Diario Oficial de la Federación. 

Por lo que se refiere a las disposiciones dadas a conocer de manera anticipada en el portal del SAT, su contenido surtirá sus efectos en términos de la regla 1.1.2. de las RGCE 2025.

IDC Online
IDC Online Tu fuente confiable para decisiones estratégicas Mantente actualizado con IDC, tu fuente confiable en las áreas Fiscal, Laboral, Seguridad Social, Jurídico y Comercio Exterior. Encuentra análisis expertos, actualizaciones normativas y soluciones prácticas para tomar las mejores decisiones.
Suscríbete al Newsletter
¡SUSCRÍBETE!
Descarga GRATIS nuestro especial del mes
Descargables Somos News

Ciudad al aire libre ¡Descárgalo GRATIS!

¿Qué tema te interesa?