SAT: reglas para pensionados que obtienen ingresos por arrendamiento
Para cumplir correctamente con las obligaciones fiscales, el primer paso es presentar el aviso de actualización de actividades económicas y obligaciones.
Cuando una persona pensionada o jubilada obtiene ingresos adicionales por el arrendamiento de una casa habitación, departamento, local comercial o por ofrecer servicios de hospedaje, adquiere obligaciones fiscales específicas. Por ello, la Procuraduría de la Defensa del Contribuyente (Prodecon) recordó que es indispensable presentar el aviso de actualización de actividades económicas para incorporarse al régimen fiscal correcto y evitar incumplimientos ante el SAT.
1. RESICO: opción para ingresos menores a 3.5 millones
Las personas pensionadas o jubiladas pueden tributar en el Régimen Simplificado de Confianza (RESICO) siempre que los ingresos obtenidos en el ejercicio anterior no excedan los 3,500,000 pesos.
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En este régimen, el impuesto se calcula aplicando una tasa directa sobre los ingresos, sin considerar deducciones. Las tasas aplicables van del 1.0% al 2.5% según el nivel de ingresos.
Entre las obligaciones se encuentran:
- Emitir comprobantes fiscales (CFDI)
- Presentar pagos mensuales
Este esquema está diseñado para facilitar el cumplimiento fiscal, ya que reduce la carga administrativa y simplifica el cálculo del impuesto.
2. Régimen de arrendamiento: deducciones autorizadas y tarifa progresiva
Otra alternativa es tributar en el Régimen de Arrendamiento, donde el contribuyente puede disminuir deducciones autorizadas, como:
- Pago del predial
- Gastos de mantenimiento
- Servicios relacionados con la propiedad
- Reparaciones y mejoras
También se puede optar por una deducción ciega del 35% sobre los ingresos obtenidos.
El ISR se determina aplicando la tarifa progresiva, que va del 1.92% al 35%, dependiendo del nivel de ingresos. Entre las obligaciones destacan:
- Emitir comprobantes fiscales
- Presentar pagos mensuales
- Realizar declaración anual
- Llevar contabilidad conforme al Código Fiscal de la Federación
3. Servicios de hospedaje a través de plataformas digitales
Si una persona pensionada o jubilada obtiene ingresos por hospedaje mediante plataformas tecnológicas, aplica un esquema distinto al arrendamiento tradicional. En estos casos:
- La plataforma retiene el 4% de los ingresos
- Si los ingresos anuales no superan los 300,000 pesos, esa retención se considera pago definitivo
- Si superan ese monto, el contribuyente deberá presentar pagos mensuales y declaración anual
Además, es obligatorio emitir CFDI por los servicios prestados. Este esquema únicamente aplica para servicios de hospedaje, no para renta de inmuebles en arrendamiento tradicional.
La importancia de elegir el régimen correcto y actualizar actividades
Para cumplir correctamente con las obligaciones fiscales, el primer paso es presentar el aviso de actualización de actividades económicas y obligaciones. De esta manera, el SAT puede identificar el régimen aplicable y evitar omisiones que deriven en multas, requerimientos o revisiones.
La Prodecon destacó que es fundamental elegir el régimen adecuado según:
- El monto de ingresos obtenidos
- El tipo de actividad (arrendamiento o servicios de hospedaje)
- La conveniencia de aplicar deducciones o tasas directas
- El nivel de carga administrativa que cada esquema implica
Elegir el régimen fiscal correcto ayuda a garantizar el cumplimiento ante el SAT y evita problemas futuros para las personas pensionadas o jubiladas que obtienen ingresos adicionales.