Ahora pagarás más impuestos por ahorrar, SAT aumenta porcentaje de ISR
El Servicio de Administración Tributaria (SAT) aumentará el porcentaje en el Impuesto sobre la Renta (ISR) sobre los ahorros en 1.48%. El impuesto asignado a […]
El Servicio de Administración Tributaria (SAT) aumentará el porcentaje en el Impuesto sobre la Renta (ISR) sobre los ahorros en 1.48%.
El impuesto asignado a los ahorros fue una de las reservas que se aceptaron en la Cámara de Diputados con 260 votos a favor, 183 en contra y una abstención.
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El impuesto aprobado por los diputados de cara al 2024 se fijó en 0.5 % únicamente.
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Así, la retención por cada mil pesos de capital invertido será de cinco pesos, ya no los 1.48 que consideraba la propuesta original.
Es decir, la tasa de retención del ISR que tendrá el SAT subirá tres veces en comparación con la que se retiene actualmente; como se planteó originalmente el incremento hubiera sido 10 veces mayor.
Cabe destacar que la nueva retención del ISR se aplicará directamente sobre el capital o dinero ahorrado de las personas, no sobre los rendimientos.
El descuento directo del ahorro se realizará de forma automática por las instituciones financieras y el monto será notificado cuando los ahorradores reciban sus rendimientos. o verifiquen su estado de cuenta.
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¿Qué es el ISR?
El Impuesto sobre la Renta (ISR) es un impuesto federal obligatorio que se aplica a toda fuente de ingresos y ganancias que contribuyen a aumentar el patrimonio de una persona física o moral.
Según la Ley del Impuesto Sobre la Renta las siguientes personas están obligadas a realizar el pago de impuestos:
- Las residentes en México, respecto de todos sus ingresos, cualquiera que sea la ubicación de la fuente de riqueza de donde procedan.
- Los residentes en el extranjero que tengan un establecimiento permanente en el país, respecto de los ingresos atribuibles a dicho establecimiento permanente.
- Los residentes en el extranjero, respecto de los ingresos procedentes de fuentes de riqueza situadas en territorio nacional, cuando no tengan un establecimiento
El Servicio de Administración Tributaria indica que se debe realizar el pago de impuestos siempre y cuando se obtengan ingresos en México mediante estos medios:
- Salarios
- Honorarios
- Remuneraciones a miembros de consejos
- Administradores
- Comisarios y gerentes
- Arrendamiento de inmuebles y muebles
- Contratos de servicio turístico de tiempo compartido
- Enajenación de acciones
- Arrendamiento financiero
- Regalías
- Asistencia técnica y publicidad
- Intereses
- Premios
- Actividades artísticas deportivas o espectáculos públicos
- Remanente distribuible de personas morales con fines no lucrativos
- Dividendos
- Utilidades
- Remesas y ganancias distribuidas por personas morales
- venta de bienes inmuebles
- Construcción de obras, instalación, mantenimiento o montaje en bienes inmuebles, Inspección o supervisión