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Finiquito o liquidación: ¿Cómo saber cuál me corresponde al finalizar relación laboral?

Somos News
12 Oct 2023 6:30 am
Finiquito o liquidación: ¿Cómo saber cuál me corresponde al finalizar relación laboral?
Foto: Especial

¿Dejaste tu trabajo? ¿Te despidieron? Conoce la diferencia entre finiquito y liquidación y descubre cuál es el que te corresponde.

¿Crees que estás por ser despedido? ¿Buscas renunciar pronto a tu trabajo? Entonces es probable que tengas la duda sobre si te toca finiquito o liquidación en cada una de estas situaciones.

Es importante que para evitar cualquier contratiempo, conozcas a fondo tus derechos laborales; por lo que a continuación te explicamos cuál corresponde y sus diferencias.

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Finiquito o liquidación: Conoce las diferencias

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Antes de sacar tu calculadora para ver “cuanto te toca” en caso de despido, es mejor que primero sepas la diferencia entre finiquito y liquidación.

Todo sobre el finiquito

El finiquito se otorga al trabajador cuando él y el patrón dan por terminada la relación laboral voluntariamente. Es decir, en caso de renuncia.

La forma de pago más común es a través de un cheque, y el ahora ex trabajador debe recibir una “carta finiquito”, en la que deben aparecer todos sus datos y los conceptos por lo que se le está pagando.

De acuerdo con la Procuraduría Federal de la Defensa del Trabajo (Profedet), si renuncias voluntariamente te corresponde el pago de las partes proporcionales de:

  • Aguinaldo.
  • Vacaciones y prima vacacional.
  • Prima de antigüedad (siempre y cuando se tengan, por lo menos, 15 años de antigüedad).
  • Prestaciones que estuvieran vigentes en tu contrato de trabajo o en las condiciones laborales que regulan tu relación con la empresa o patrón.

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¿Qué hay sobre la liquidación?

En caso de despido, puedes reclamar la liquidación, la cuál incluye el pago de:

  • Tres meses de salario por concepto de indemnización constitucional.
  • Prima de antigüedad.
  • Partes proporcionales de aguinaldo; vacaciones y prima vacacional y prestaciones vigentes que no te hayan cubierto

O bien, tienes la opción de demandar que te reinstalen en tu puesto bajo los mismos términos y condiciones en las que lo desempeñabas.

Ante un despido injustificado, tienes un plazo de dos meses para entablar una demanda ante la Profedet.

https://twitter.com/PROFEDET/status/1648416107110227968

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Despidos en los que no te corresponde liquidación

Sin embargo, el despido no garantiza el pago de estas prestaciones, sobre todo cuando es sin responsabilidad para el patrón.

De conformidad con los artículos 53 y 47 de la LFT, el patrón podrá terminar o rescindir el contrato del trabajador, sin que haya responsabilidad para el patrón del pago de indemnización en los casos siguientes:

  • El mutuo consentimiento del patrón y del trabajador.
  • La muerte del trabajador.
  • La terminación de la obra, contrato o tiempo determinado.
  • La incapacidad física o mental del trabajador.
  • Cuando el trabajador engañe al patrón con certificados falsos y referencias de su capacidad, aptitudes o facultades, sólo se hace efectiva esta causa durante los primeros 30 días de estar trabajando.
  • Cuando el trabajador durante sus labores o fuera del servicio incurra en faltas de honradez, en actos de violencia, injurias o malos tratos con el patrón sus familiares o de personal, si esto altera la disciplina del lugar a menos que exista una provocación de por medio, y obre en defensa propia.
  • Cuando el trabajador ocasione intencionalmente, perjuicios materiales durante el desempeño de las labores o con motivo de ellas en los edificios, obras, maquinaria, instrumentos, materias primas y demás objetos relacionados con el trabajo.
  • Cuando el trabajador cometa actos inmorales en el lugar de trabajo.
  • Cuando el trabajador de a conocer información de carácter reservado en perjuicio de la empresa.
  • Si el trabajador tiene más de tres faltas en un período de treinta días, sin permiso del patrón.? Cuando el trabajador desobedezca al patrón, siempre que se trate del trabajo contratado.
  • Cuando el trabajador se niegue a adoptar las medidas preventivas o a seguir los procedimientos para evitar accidentes o enfermedades.
  • Cuando el trabajador asista a sus labores en estado de embriaguez o drogado, a menos que exista prescripción médica.
  • Cuando el trabajador tenga una sentencia ejecutoriada que tenga pena de prisión, la cual le impida el cumplimiento en la relación de trabajo.

Ahora que ya conoces las diferencias entre finiquito o liquidación, te puede interesar ¿Qué pasa si me hacen firmar mi renuncia? Esto dice Profedet

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