¿Tu jornada laboral es de más de 8 horas? Esto dice la Ley Federal del Trabajo
¿Diariamente trabajas más de lo que corresponde a tu jornada laboral? Entonces tus jefes podrían ir a la cárcel; entérate.
Constantemente en tu lugar de trabajo te obligan a extender tu jornada laboral? Entonces prepárate, ya que oficialmente extender el límite legal de las jornadas laborales puede llevar a tus empleadores hasta la cárcel.
Conoce los motivos a continuación.
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Extender tu jornada laboral ya se castiga con cárcel
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¿En tu trabajo te piden “ponerte la camiseta” y terminas laborando más de lo que te corresponde? Esta práctica debe llegar a su fin si tus jefes no quieren tener problemas con la ley.
Extender tu jornada laboral más allá de las 8 horas estipuladas en la Ley Federal del Trabajo (LFT) oficialmente ya es considerado un delito de explotación laboral que puede castigarse con hasta 12 años de prisión y una cuantiosa multa de hasta 70 mil días. Es decir, el salario diario del agresor al momento de la sentencia.
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¿Las razones? Tras ser publicada en el Diario Oficial de la Federación (DOF), este mes de junio entró en vigor la reforma a la Ley General para Prevenir, Sancionar y Erradicar los Delitos en Materia de Trata de Personas y para la Protección y Asistencia a las Víctimas de estos delitos.
En dicha reforma al Artículo 21 se estipula que las jornadas laborales superiores al máximo establecido en la Ley Federal del Trabajo (LFT) como un delito.
Cabe destacar que a partir de ahora se considera explotación laboral cuando se excedan las 48 horas semanales y las horas extras, las cuales no pueden superar las tres horas diarias y nueve horas por semana.
Además, el Artículo 66 señala que las horas extra se pagan al 100% más del salario que corresponda a las horas de la jornada y, si éstas exceden las nueve horas semanales, se pagan al 200 por ciento.
En todo caso, el artículo 68 dice que los trabajadores no están obligados a laborar un tiempo mayor a ese máximo.
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¿Cómo se castigará la explotación laboral?
Este delito se castigará con una pena de 3 a 10 años de prisión, más una sanción de 5 mil a 15 mil días de multas.
Y de tratarse de personas pertenecientes a pueblos y comunidades indígenas y afromexicanas, las penas previstas serán de 4 a 12 años de prisión y de 7 mil a 70 mil días de multas.
Recuerda que en caso de que tengas problemas en el trabajo, relacionados con la jornada laboral o violaciones a tus derechos laborales, puedes acercarte a la Procuraduría de la Defensa del Trabajo (Profedet) para orientación.
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