¡Aguas con las multas! Estas personas SÍ tendrán que pagar hasta $67,000 por las nuevas multas en CDMX

Eduardo Espejo 23 Oct 2025 4:10 pm
Foto: Jonathan Cooper en Unsplash

Las nuevas multas solo afectarán a cierto tipo de vehículos de carga.

La Ciudad de México tiene nuevas multas de tránsito que entran en vigor a partir de este mes de octubre y que, en caso de no respetarlas, harán que las personas paguen hasta más de $60,000 pesos.

Sin embargo, y antes de que te alarmes, debes saber que estas sanciones no son aplicables a todos los vehículos, por lo que aquí te decimos en qué consisten, cuáles son los montos que se deben de pagar por cada una y quienes son las únicas personas que sí se pueden ver afectadas.

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Estas sanciones surgen luego de la publicación de nuevas reformas a la Ley de Movilidad y el Reglamento de Tránsito, las cuales tienen el objetivo de mantener un control más estricto en la circulación de vehículos pesados que transportan sustancias peligrosas.

En total son 3 y aquí te decimos en qué consisten:

  • Límite de velocidad: los vehículos que transporten sustancias peligrosas en la CDMX no puede rebasar los 30 km/h, sin importar la vialidad sobre la que circulen.
    • La multa por no respetar esta norma puede ser de 100 y hasta 300 UMAs ($113.14 pesos), lo cual equivale a un monto mínimo de $11,314 pesos y máximo de $33,942.
  • Circulación en vías controladas: Ningún vehículo que transporte sustancias peligrosas podrá circular por vías controladas en la CDMX, sin importar su velocidad ni la hora en la que lo haga.
    • La multa por no respetar esta norma puede ser de 600 UMAs ($113.14 pesos) , lo cual equivale a un monto máximo de $67,884 pesos.
  • Falta de documentación: Los conductores deben portar en todo momento los documentos indispensables para circular, tales como la licencia de conducir, permisos para transportar este tipo de sustancias y pólizas de seguro vigentes.
    • La multa por no respetar esta norma puede ir de 100 a 400 UMAs ($113.14 pesos) , lo cual equivale a un monto mínimo de $11,314 pesos y máximo de $45,256 pesos.
Las sanciones son solo para vehículos que transportan sustancias peligrosas. Imagen: Especial.

¿A quienes aplican?

Como ya lo mencionamos, estas sancione solo son aplicables a vehículos de carga que transporten sustancias peligrosas, tales como pipas de gas licuado y camiones cisterna que transporten líquidos inflamables, desechos tóxicos o materiales sensibles.

Además, también pueden aplicarse a vehículos de carga que transporten explosivos en bulto, materiales corrosivos y sustancias tóxicas e infecciosas.

Vehículos exentos de las nuevas multas

Con ello, quedan totalmente exentos de estas sanciones todos los vehículos de uso personal, de transporte público y de transporte de mercancías como camionetas y camiones de carga.

Además, tampoco aplicarían en vehículos pesados como pipas de agua, grúas de autos y tráiler que transporten mercancías como comestibles (frutas, verduras, ganado), productos de consumo general y papel o cartón.

Las pipas de agua no serían afectadas. Foto: Especial.

Nueva licencia de conducir tipo E13

Además de las nuevas multas establecidas, la Secretaría de Movilidad (SEMOVI) ha hecho oficial que los conductores de vehículos que transportan sustancias peligrosas deberán de contar por fuerza con la nueva licencia de conducir tipo E13, la cual estará destinada exclusivamente para estos vehículos.

Para obtener este documento es indispensable acreditar que la persona cuenta con los conocimientos suficientes en la conducción de este tipo de vehículos, además de tener una licencia tipo A vigente.

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Las nuevas multas de tránsito en CDMX surgen luego de que el mes pasado, una pipa que transportaba gas licuado explotó a la altura del Puente de la Concordia en la Alcaldía Iztapalapa, dejando decenas de lesionados y un total de 32 fallecidos hasta ahora.