Ley 73 o Ley 97: Solo estas personas del IMSS pueden escoger su régimen de pensión

Barbara Garcia 30 Jul 2025 11:50 am
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La elección entre la Ley 73 o la Ley 97 del IMSS no está abierta para todos. Solo ciertos trabajadores tienen ese derecho, y elegir bien puede cambiar el monto de su pensión.

El IMSS es una de las instituciones clave para millones de trabajadores mexicanos. Pero cuando se trata de pensionarse, no todos tienen las mismas reglas. Elegir entre la Ley 73 y la Ley 97 puede marcar una gran diferencia en el monto final de la pensión, pero esta elección no está disponible para todos.

La única manera de tener acceso a esta opción es haber comenzado a cotizar en el IMSS antes del 1 de julio de 1997. Si ese es tu caso, te identificas como “trabajador transitorio”, lo que significa que podrás decidir bajo qué ley deseas pensionarte.

¿Quiénes pueden hacer esta elección en el IMSS?

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De acuerdo con el Instituto Mexicano del Seguro Social, la opción de elegir entre las dos leyes está limitada exclusivamente a quienes cotizaron al IMSS antes del 1 de julio de 1997. Estos trabajadores tienen la posibilidad de revisar su situación y seleccionar el régimen que más les convenga al momento del retiro.

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Quienes comenzaron a cotizar al IMSS a partir de esa fecha ya están sujetos a la Ley 97, y no tienen posibilidad de cambiarse.

¿Por qué importa tanto la elección entre Ley 73 o Ley 97?

La diferencia entre ambos regímenes es significativa. Bajo la Ley 73, el cálculo de la pensión se hace tomando en cuenta el salario promedio de los últimos cinco años cotizados, así como el número total de semanas acumuladas.

Se requiere un mínimo de 500 semanas para solicitar la pensión por cesantía (60 años) o vejez (65 años). Además, algunos beneficios permiten retirar recursos en efectivo de Afore o Infonavit.

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En cambio, la Ley 97 se basa en lo que tengas acumulado en tu cuenta individual de AFORE. Aquí, el mínimo de semanas cotizadas va en aumento: en 2024 es de 825 semanas, y se prevé que llegue a 1,000 semanas en 2031.

Requisitos para pensionarte bajo la Ley 73 del IMSS

Si tienes derecho a elegir y decides irte por la Ley 73, estos son los requisitos clave:

  • Haber comenzado a cotizar al IMSS antes del 1 de julio de 1997.
  • Tener mínimo 60 años (cesantía) o 65 años (vejez).
  • Haber cotizado al menos 500 semanas.
  • Estar vigente en derechos o dentro del periodo de conservación.
  • Estar dado de baja del Régimen Obligatorio.
  • No contar con empleo remunerado al momento de hacer la solicitud.

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¿Qué hacer si eres transitorio?

Si cumples con los criterios del IMSS como trabajador transitorio, es recomendable hacer una revisión a fondo con un especialista en pensiones. La elección entre la Ley 73 o la Ley 97 puede implicar diferencias importantes en tu ingreso mensual al retirarte.

Para quienes no tienen opción de elegir y se rigen por la Ley 97, la clave está en planear con anticipación, seguir cotizando de forma regular y mantener el control sobre su AFORE.